El Directorio de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) decidió limitar la circulación en motocicletas a una sola persona, con ciertas excepciones. Así se aprobó a través de un reglamento que se aplicará en todo el país por los entes de control.
Se trata del documento “Reglamento que norma la capacidad permitida de personas que se transportan en motocicletas dentro del territorio nacional”.
Una vez que ese reglamento sea publicado el Reglamento en el Registro Oficial, ya aplicará que solo una persona podrá circular en motocicleta.
Esta decisión forma parte de las políticas de seguridad implementadas por el Gobierno Nacional. Igualmente, tener mayor control sobre la capacidad permitida de personas que se movilizan en moto, ante los hechos delictivos que se registran en el país.
El director ejecutivo de la ANT, Adrián Castro, adelantó que se facultará a los Municipios para que establezcan reglas complementarias.
Excepciones
Este reglamento establece excepciones cuando se traslade a:
Cónyuge.
Hijos o hermanos.
Personas con discapacidad.
Adultos mayores.
Mujeres.
Menores de 12 años.
Según un informe de la Policía Nacional, en el primer trimestre de este año, en promedio se cometieron tres robos al día a bordo de motos, solo en Quito.
Mientras que en Guayaquil el 60% de los delitos se cometieron de esa manera. Asimismo, un total de 220 muertes violentas se perpetraron bajo la modalidad de dos personas en moto.
El Ministro de Transporte y Obras Públicas, Marcelo Cabrera, comunicó que la medida ha sido coordinada con el Ministerio de Gobierno y la Presidencia de la República, con el objetivo de establecer operativos conjuntos que brinden seguridad integral a la ciudadanía.
Por su parte, los entes de control operativo de tránsito y seguridad vial a nivel nacional intensificarán los operativos para verificar la validez y vigencia de la licencia de conducir, y constatarán que no se encuentren caducadas, anuladas, revocadas o suspendidas.
Comments