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Confirmada la condena de dos años de cárcel a Diego 'El Cigala' por maltrato a su expareja

  • Foto del escritor: Maritza Valencia
    Maritza Valencia
  • hace 4 días
  • 3 Min. de lectura

La jueza condenó al cantante a tres delitos de malos tratos, y lo absolvió de otro por falta de pruebas


La Audiencia de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal 3 de Jerez de la Frontera, que condenó a dos años y un mes de cárcel al cantaor Diego Ramón Jiménez Salazar, conocido como Diego El Cigala, por malos tratos cometidos contra su ex pareja.


En la sentencia — publicada este lunes—, la Sección Tercera desestima los recursos de apelación presentados por la defensa del condenado y por la acusación particular —ejercida por su exmujer— contra la sentencia dictada en diciembre de 2024.


La jueza condenó a El Cigala por tres delitos de malos tratos hacia su expareja. Uno de ellos fue una agresión en un hotel de Jerez en el que le dio una bofetada; otro en un hotel de Palafrugell (Girona) en el que la pateó, y el tercero en la casa de Jerez en la que convivían, dónde en presencia de sus dos hijos la agarró por el cuello diciéndole “me cago en tus muertos”.


La defensa apeló la sentencia al considerar erronia la valoración del testimonio de la víctima


La magistrada lo absolvió de otro delito de maltrato por no considerar probado que el cantaor la agarrara del brazo y la zarandeara en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en agosto de 2017.


La defensa del acusado recurrió la sentencia al considerar que la jueza habría cometido un error en la valoración de la prueba del testimonio de la víctima y una incorrecta individualización de las penas.


Por su parte, la Audiencia Provincial recuerda en su resolución que el Juzgado de lo Penal calificó el testimonio de la víctima de “claro, congruente, coherente y coincidente con lo manifestado en su denuncia”, por lo que consideró “plenamente persistente”. Además, subraya que valoró las pruebas con “una precisión quirúrgica” .


También rechaza el alegato de la incorrecta individualización de las condenas, y considera que esta existe en todas y cada una de ellas. Además, añade que las penas “están situadas cerca del mínimo legal, donde el deber de motivación se ve relajado”.


La sentencia del Juzgado de lo Penal 3 de Jerez de la Frontera ha condenado a dos años y un mes de cárcel al cantaor Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como El Cigala. David Arjona / EFE)


Sin secuelas psicológicas


El TSJA rechaza también el recurso de la acusación particular de que El Cigala indemnizara a su expareja con 3.000 euros como responsabilidad civil, puesto que, entre otros aspectos, los expertos de la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyeron que la mujer “no presenta sintomatología psicológica” a consecuencia de los hechos.


La Audiencia explica que, en la sentencia, la jueza razonó “bastante” por qué no consideró acreditada la existencia de secuelas psicológicas en la víctima.


La sentencia, ahora confirmada e inapelable, relata que el cantaor inició en el 2014 una relación sentimental con la víctima, fruto de la cual han nacido dos hijos. Durante el tiempo que duró la relación, la mujer, explica la sentencia, “ha sido dependiente económicamente del acusado”.


La jueza explicó que cuando la víctima se quedó embarazada de su primer hijo, la relación entre ambos comenzó a deteriorarse y las discusiones entre ellos se volvieron frecuentes. En estas discusiones, “en las que ambos se gritaban mutuamente, el acusado le ha llegado insultar y a echar de la casa como forma de desprecio.


Sin embargo, la magistrada no consideró probado que la relación sentimental de ambos fuera “asimétrica” ni que existiera “una situación de dominación y sometimiento por parte de él hacia ella”.


BV


1 opmerking


Emma Roberts
Emma Roberts
hace 2 días

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