La defensa del cantante J Balvin le solicitó al Consejo de Estado que rechace por improcedente la tutela que presentó el abogado Leonardo Petro en contra de la canción Perra y su respectivo video, que fueron sujetos de amplía controversia por su contenido explícito sexual y por un apartado del video en que se ve a Balvin, un hombre blanco, llevando encadenadas a dos mujeres afrodescendientes.

Diego José Ortega Rojas, abogado del reguetonero, señaló en escrito de 18 páginas que la canción compuesta por la artista Tokischa, “no contiene expresiones precisas, directas e inequívocas dirigidas a afectar el buen nombre, honra, igualdad y dignidad del accionante o de las comunidades negras o afrodescendientes”.
“En este caso particular, el ciudadano Leonardo Santo Petro Llorente se siente afectado como individuo que hace parte de un colectivo sin que ello permita concluir que existe una real amenaza o violación de sus derechos por una canción y un video que no tienen una mención concreta hacia él”, indicó la defensa del artista, que agregó que si para el tutelante la letra es machista y racista, no es así para la autora, tal y como ella lo dijo en una entrevista a la W Radio.
“La compositora explicó públicamente el alcance y propósito de las expresiones usadas en su creación, lo cual difiere totalmente de la interpretación dada por el ciudadano Petro Llorente”, señaló la defensa del cantante, que consideró que las afectaciones que alega el tutelante en contra de la comunidad afrodescendiente ni existen ni se pueden considerar graves.
Para el abogado Ortega Rojas, además, el tutelante no probó que, antes de interponer el recurso, haya hecho algún “reclamo, denuncia o queja orientada a que las plataformas digitales revisaran y/o eliminaran el contenido publicado por el artista”.
“Es claro que el accionante tenía la posibilidad de denunciar o reportar en la plataforma en la que se publicó el video (YouTube) y en las demás redes sociales el contenido que en su opinión resultaba lesivo de sus intereses por violación o infracción de las políticas de uso de esas plataformas, hecho este que no ocurrió en este caso, lo que impide que pueda resultar procedente la vinculación de mi prohijado, pues no se presenta la situación de indefensión como requisito para la presentación del amparo constitucional”, indicó.
“Está protegida por la libertad de expresión”
De otro lado, la defensa de J Balvin aseguró que la libertad de expresión protege las obras artísticas y que “las autoridades de la República, entonces, no están llamadas a imponer restricciones en la elección que el artista haga de la técnica a través de la cual pretende expresar su arte, ni pueden legítimamente determinar el contenido de una obra, pues cualquier limitación en estas materias vulneraría la esencia misma del derecho”.
“En un Estado como el que define la Constitución de 1991, en el que las personas son moralmente autónomas, a nadie puede impedírsele difundir o tener acceso a las obras que quiera, so pretexto de su contenido inmoral o antiestético. El hacerlo, entrañaría un acto de censura, proscrito de nuestro ordenamiento constitucional y violatorio del derecho a la difusión de la expresión artística, contenido en los artículos 20 y 71 de la Carta Política”, señaló.
“El hecho de que el accionante considere, basado en su opinión e interpretación personal que el contenido de la obra artística creada por Tokischa e interpretada por el artista José Álvaro Osorio Balvin es violatoria de sus derechos, transgresora de los límites morales que él mismo ha definido, no evita que la canción deba ser protegida como acto libre de expresión”, dijo el abogado del artista.
“La pretensión del accionante a través de la interposición de esta acción de tutela en cuanto busca poner límites a la libertad de expresión o licencia artística que realizan artistas, cantantes y similares, y se marque un camino constitucional que sirva de ejemplo para delimitar la libertad de expresión, genera un peligro a la estructura de derechos fundamentales de los creadores de obras, pero también al derecho que tienen todos los ciudadanos a elegir y consumir los contenidos que se encuentran disponibles en los distintos medios de comunicación y redes sociales”, insistió.
En el escrito enviado al Consejo de Estado, la defensa de J Balvin dijo que rechaza “que se utilice la administración de justicia para que bajo el ropaje del ejercicio de un derecho se conculquen por capricho los de los demás”.
“La sociedad y en especial los consumidores de contenidos digitales están en capacidad de valorar si una expresión artística se ajusta o no a sus preferencias, gustos, pasiones o formación, optando por no verlos o no escucharlos, pudiendo incluso generar o participar en espacios de discusión, pero sin que ello implique que deban intervenir las autoridades públicas para que bajo un arbitrio sin consideraciones objetivas, elimine o prohíba la creación o su difusión”, agregó.
De otro lado, la defensa indicó ante el Consejo de Estado que el video de la canción objeto de controversia publicado en la cuenta oficial de J Balvin en la plataforma YouTube fue directamente retirado por el artista y señaló que el cantante “realizó un video que se divulgó y se sigue propagando masivamente entre los consumidores y usuarios de las redes sociales en el que ofreció excusas a quien se hubiese podido sentir afectado por la creación artística, haciendo un especial énfasis en la comunidad afrodescendiente y las mujeres, que es precisamente lo que pretende el accionante”.
La posición de la Presidencia
En escrito enviado al Consejo de Estado, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República señaló que la tutela debe ser declarada improcedente porque en Colombia está proscrita la censura y porque el tutelante no estaba legitimado para presentar dicho recuso.
“Por lo tanto, no cabe sanción alguna por parte de los accionados contra el señor J Balvin y los daños y perjuicios a los que hace referencia el actor deben ser solicitados ante un juez de la República para que reconozca si se está o no frente a conductas discriminatorias que deban ser reparadas, por lo tanto el Gobierno Nacional como la Presidencia de la República carecen de legitimación en la causa por pasiva para actuar”, indicó.
En su concepto, la Presidencia listó los programas adelantados para cumplir con sus obligaciones de promover política pública que garantice los derechos de las mujeres y la eliminación de todas las formas de violencia en su contra.
“Este gobierno ha tenido un compromiso férreo de cero tolerancia frente a cualquier forma de violencia en contra de las mujeres. En ese sentido, en el contexto de la pandemia, en julio de 2020 por primera vez en el país, se convocó a un Consejo de Seguridad en el que se analizó en detalle la situación de violencia en contra de las mujeres y se reforzaron las acciones tanto del gobierno como de las entidades del Estado competentes, en articulación con los 32 departamentos del país, para prevenir y atender esta problemática”, indicó.
Fuente: El Comercio
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