Un conductor atropella y mata a un hombre y ahora reclama a los hijos del fallecido 15.000 euros para reparar los daños del carro
- radiok10
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Guardia Civil de Tráfico GUARDIA CIVIL / Europa Press
El accidente se produjo en la Vía de Cintura de Palma de Mallorca en la noche del 21 de agosto
Un conductor y la acompañante que viajaba con él han perdido en los tribunales la reclamación de 15.000 euros a los hijos de un hombre fallecido tras ser atropellado en Palma de Mallorca.
El accidente se produjo en la Vía de Cintura la noche del 21 de agosto de 2021, cuando la víctima, un hombre de 65 años, salió de su vehículo para atender un coche averiado sin colocarse el chaleco de seguridad y fue atropellado por el vehículo de los demandantes.
El derecho de sucesión
La Guardia Civil concluyó que la muerte se produjo por responsabilidad exclusiva del peatón, cuya presencia en la calzada estaba prohibida.
Según informa Diario de Mallorca, tras el accidente, el conductor y su acompañante sufrieron heridas leves, y posteriormente presentaron una demanda contra los hijos de la víctima exigiendo que asumieran los gastos del vehículo y sus lesiones, por un total de 15.000 euros. Sin embargo, los tribunales rechazaron la reclamación, dado que los hijos habían renunciado a la herencia de su padre.
La sentencia recordó que, según el derecho de sucesión, “el heredero puede aceptar o repudiar la herencia, pero en tanto no acepte, tampoco responde de las deudas de la herencia, porque todavía no se produjo la sucesión, no es sucesor sino solo llamado a suceder”.

Guardia Civil de Tráfico 112 / Europa Press
Los demandantes alegaron que los hijos habían recibido los efectos personales del fallecido, incluidos documentos, dinero en efectivo y boletos de lotería, lo que supuestamente implicaría aceptación de la herencia.
Sin embargo, el tribunal aclaró que “por la recepción de los efectos personales no estamos ante un acto que presuponga la aceptación de la herencia”, y que recoger las pertenencias de un padre tras un accidente constituye “un acto de conservación, custodia o administración provisional, que no implica la aceptación de la herencia”.
El caso también se vincula al proceso penal abierto tras el accidente, que concluyó con el pago de una indemnización a cada uno de los hijos del fallecido, independientemente de la culpabilidad del conductor.
El tribunal señaló que dicho pago no podía interpretarse como aceptación de la herencia ni justificación de la reclamación por los daños del vehículo.
La resolución ordenó a la compañía de seguros que cubriera parte de la indemnización solicitada por la acompañante del conductor, cerrando así la vía judicial en favor de los herederos de la víctima. (BV)
FUENTE: LaVanguardia.com

